Todas las subvenciones provenientes de Europa cuentan con exigencias, pautas y compromisos previamente estipulados por la Comisión Europea para todos los Estados Miembros. Dependiendo de la importancia, ámbito y tipos de proyectos, las cuantías económicas varían.
El documento que explica el funcionamiento del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia para impulsar económica y socialmente la Unión Europea (UE) tras el batacazo de la Covid-19 recoge ciertas normas que deberán ser cumplidas por los Estados Miembros para poder acceder a las ayudas.
A pesar de que cada ayuda otorgada cuenta con unas características y condiciones específicas, es cierto que en general este gran paquete tiene unos dichos máximos. En general, las ayudas estatales se conceden al amparo de las Directrices y Reglamentos de Exención como el Reglamento General de Exención por Categorías (RGEC) y siempre que se cumplan los trámites y plazos estipulados previamente.
Límites según los tipos de ayudas
Los máximos legales se establecen de acuerdo a tres tipos de ayudas concretas: ayudas a proyectos de I+D+i, ayudas a la inversión y ayudas a la inversión en favor del medio ambiente.
Debe tenerse en cuenta que cada organismo gestor a nivel local, autonómico o nacional definirá en las bases reguladoras de las ayudas que convoque los porcentajes finales de ayuda a otorgar, por lo que será necesario revisar de manera detallada esos documentos, ya que no siempre se alcanzarán los porcentajes de subvención máximos.
- Ayudas máximas a proyectos de I+D+i. Con carácter general, las ayudas para actuaciones de investigación fundamental pueden ser de hasta el 100%, independientemente del tamaño de la empresa.
En el caso de proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental, estudios de viabilidad, construcción y mejora de infraestructuras de investigación, innovación en favor de las Pymes e innovación en materia de procesos y organización, el porcentaje de ayudas varía en función del tamaño de la empresa (cubriendo entre el 45 y el 80% del proyecto en pequeñas empresas, el 35 y el 75% en medianas y el 15 y el 65% en grandes empresas).
- Ayudas máximas a la inversión. De la misma forma, la cuantía de subvenciones depende del tamaño de la empresa y su ubicación geográfica de acuerdo al Mapa de Ayudas Regionales de España para el periodo 2017-2020 (teniendo vigencia hasta 31 de diciembre de 2021), pudiendo oscilar entre un 10 y un 55%.
- Ayudas máximas a la inversión en favor del medio ambiente. Estas subvenciones cubren principalmente inversiones relacionadas con la eficiencia energética, la implantación de energías renovables y proyectos que cuiden el medio ambiente.
De la misma forma que en las anteriores, el porcentaje cubierto para los proyectos depende del tamaño de la empresa y su objetivo. Al contrario que en el caso anterior, el rango de ayudas varía mucho más y el proyecto puede ser subvencionado entre un 5% y un 100%.
Normativa aplicable
Uno de los grandes principios que encarnan estas ayudas es no ser consideradas Ayudas de Estado de acuerdo al Tratado Fundacional de la Unión Europea, es decir, no pueden utilizarse para favorecer a ciertas empresas o producciones o para amenazar o falsear la competencia, sino que deben utilizarse para dar apoyo general a las compañías del país y deben estar orientadas a regenerar la economía de España en su conjunto.
De hecho, cuando se elaboró el borrador, la Comisión Europea estipuló qué subvenciones eran compatibles con el mercado interior y cuáles estaban sujetas a la obligatoriedad de notificación.
No obstante, este criterio cuenta con excepciones. En el caso de las convocatorias sujetas a mínimos, los Estados miembros están exentos de tener que notificar a la Comisión Europea la concesión de ciertas ayudas extralimitadas, ya que suelen ser cuantías pequeñas que no repercuten sobre la competencia y el comercio intracomunitario (el límite son 200.000 euros con carácter general, si bien hay determinados sectores que cuentan con un límite inferior). En el caso de ayudas sujetas a mínimis, el importe máximo a subvencionar puede llegar al 100%.
En el caso de las ayudas relativas a respaldar la economía en el contexto de la Covid-19, la Comisión Europea permite conceder ayudas de hasta el 100% a fondo perdido a diversas acciones con un tope de 1,8 millones de euros por grupo empresarial y Estado miembro.
Por último, también pueden ser subvencionados al 100% los IPCEI proyectos europeos de interés común. Se trata de iniciativas compartidas entre varios Estados miembros de la UE destinadas a canalizar gasto público hacia grandes proyectos que contribuyan al crecimiento económico de todo el cónclave europeo, los países podrán cubrir el déficit de financiación para superar estas deficiencias del mercado e impulsar la realización de ciertos proyectos que no hubiesen progresado de otro modo.
Para ello, previamente se debe demostrar que existen claros fallos del mercado o del sistema para la viabilidad de estos proyectos. De esta forma, los Estados podrán conceder las ayudas superando los límites máximos establecidos y llegando incluso a cubrir el 100% del déficit de financiación.
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